Incapacidad temporal: si el accidente deriva en una incapacidad temporal que impide al trabajador realizar sus funciones habituales, este tiene derecho a recibir una prestación económica desde el día próximo al accidente. Encima, la empresa debe notificar a la mutua colaboradora con la Seguridad Social con la que tenga contratada https://fredy581gmp0.angelinsblog.com/profile